Una denuncia ante la Comisión Interamericana, CIDH, presentó la Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público y Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, en representación de la pareja constituida por Claudia Amigo y Claudia Calderón, con el objetivo de que ambas sean reconocidas legalmente como madres de la niña Gabriela Amigo. La acción fue dada a conocer en conferencia de prensa realizada en la Facultad de Derecho de la UDP, con la presencia del profesor y abogado patrocinante, Cristián Riego.
En el ordenamiento jurídico chileno no existe una regulación legal que reconozca la relación materno-filial como la que tienen Claudia Calderón y Gabriela Amigo, se explicó en la ocasión. No obstante, la Clínica AIP tramitó una acción voluntaria con el objetivo de que los Tribunales de Familia reconocieran la posesión notoria de la calidad del estado civil de hija de Gabriela respecto de Claudia Calderón, la que fue rechazada en control de admisibilidad por el Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema. Los tribunales argumentaron que la posesión notoria no sería una acción principal, sino un medio de prueba para el juez en el contexto de las acciones de filiación, las cuales son tasadas en los términos que las dispone el Código Civil.
La pareja se conoció a fines de 2007, cuando Gabriela tenía tres años de edad. Se enamoraron e iniciaron un proyecto de vida juntas. Desde los inicios de la relación, relatan, entre Claudia Calderón y la hija biológica de su pareja nació un vínculo afectivo de manera natural, y ambas desde ese momento han tenido “una relación propia de madre e hija”.
Claudia Calderón es una madre muy cercana con Gabriela, la ha apoyado en su educación, realizan actividades recreativas, tienen confianza mutua, se afirmó. Asimismo, se apuntó, “para la niña es muy importante el reconocimiento de Claudia Calderón como su madre, incluso en pruebas y trabajos de su escuela se ha identificado como ‘Gabriela Amigo Calderón’, lo que ha sido respetado y comprendido por la comunidad escolar”.
La denuncia en contra del Estado chileno ante la CIDH sostiene que el actuar del Poder Judicial chileno, al declarar inadmisible la acción presentad transgrede el derecho a la Igualdad y No Discriminación, en tanto subyace la idea de que la orientación sexual de las madres es una diferencia material que permitiría hacer una distinción arbitraria, respecto de otros casos donde los tribunales chilenos sí han reconocido la posibilidad de que una persona pueda tener dos madres.
Además se afirma que el acceso a la justicia se ha visto entorpecido por parte del Estado chileno, “toda vez que el análisis realizado por los tribunales para declarar inadmisible la solicitud de las madres fue meramente formal: las acciones de filiación son tasadas y la posesión notoria es un medio de prueba”.
Lo anterior implica, entre otras cosas, que los derechos de Gabriela como niña también se vean vulnerados, se señaló, “pues el Estado de Chile le niega el reconocimiento de su calidad de hija frente a su madre, impidiéndole acceder a la protección jurídica que el ordenamiento interno chileno dispone para los hijos respecto de los derechos que le corresponde en cuanto tales”.
Por último, se agregó, existe una vulneración a la protección a la familia, declarada como “el núcleo fundamental de la sociedad” por la Constitución chilena. “Este grupo familiar lesbomaternal, no existe para el Estado Chileno, lo cual implica que Gabriela ni Claudia Calderón gozan del reconocimiento y garantías establecidas en el ordenamiento jurídico interno e internacional, en la medida que no existe ningún respaldo legal de los vínculos que las une” se explicó.
En definitiva, se solicita a la CIDH que se determine que el Estado de Chile ha violado los derechos antes señalados; que se reconozca la calidad de hija de Gabriela respecto de Claudia Calderón, y que se inste a una modificación legislativa que reconozca los derechos filiativos de las familias homoparentales o lesbomarentales en Chile.